A comienzos de abril, el Consejo de Ministros luz verde al nuevo Real Decreto de Fomento del Autoconsumo. Con esta medida se prevé una amplia lista de medidas urgentes cuyo objetivo será lograr una mayor protección y libertad de los consumidores a la hora de hacer uso de este tipo de instalaciones.
Pero, ¿qué es autoconsumo eléctrico y qué novedades presenta el nuevo RD?
El autoconsumo eléctrico
El autoconsumo eléctrico se define como la producción de energía eléctrica a través de paneles solares u otros dispositivos para satisfacer la necesidad de energía de un hogar. Existen dos variantes:
La que se conecta a la red, que combina la obtención de energía de forma autónoma y a través de la red de distribución.
La que no se conecta a la red. En este caso la vivienda se autoabastece totalmente desde un punto de vista eléctrico.
La ventaja clara del ahorro en la factura se contrapone con la desventaja del alto coste que requiere la instalación de los paneles y las baterías necesarias.
Novedades del RD de Autoconsumo
La novedad principal es que ante la administración el autoconsumo reduce a dos las modalidades: sin excedentes (que no puede realizar vertidos de energía a la red) y con excedentes (que sí se puede realizar vertidos a las redes de distribución y transporte).
También cambia la definición oficial. El autoconsumo pasa a ser ‘el consumo de energía eléctrica por parte de uno o varios consumidores y asociadas a las mismas de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación próximas a las de consumo’.
Además, se contempla simplificar los trámites administrativos y técnicos necesarios para su implantación, a través de procesos flexibles de los requisitos de medida y eliminando ciertos procesos que entorpezcan su adopción.
Según los cálculos de la patronal Unef, con esta medida se logrará que despegue este negocio con cerca de 400 MW de instalación anuales.